miércoles, 30 de mayo de 2018

Todo lo que debes saber sobre los planes de pensiones (a través de seis preguntas básicas)


1. ¿Qué son los planes de pensiones?

Los planes de pensiones son en la actualidad el principal producto de ahorro en materia de previsión social y su finalidad principal es complementar, en el momento de la jubilación, la prestación pública.


2.¿Qué plan me interesa?

A la hora de contratar un plan de pensiones debemos tener en cuenta dos aspectos fundamentales: el horizonte temporal de nuestra inversión, es decir, cuántos años me quedan aun para la jubilación y cual es mi perfil como inversor, es decir qué nivel de riesgo estoy dispuesto a tolerar.

3.¿Cómo ahorro?

Va a depender fundamentalmente de nuestra edad actual y los años que resten hasta nuestra jubilación. Existen multitud de simuladores que nos permiten calcular cual será nuestra pensión y, en base a eso, la cantidad que debo ahorrar en el plan de pensiones. Nuestras aportaciones, pueden ser periódicas (mensual, trimestral…) o discrecionales (sin fecha predeterminada).
Las aportaciones realizadas por el partícipe junto con la rentabilidad que se vaya generando servirán para constituir un capital que se denomina derechos consolidados. En la actualidad el tope anual de aportaciones está fijado en 8.000 euros por partícipe.
Como participes, tenemos una serie de derechos adicionales: podremos cambiar tantas veces queramos de plan de pensiones y traspasar nuestras aportaciones de un plan a otro, total o parcialmente, sea en planes de la misma entidad financiera o en diferentes planes de diferentes entidades; podremos aportar cuando queramos y paralizar nuestras aportaciones cuando lo deseemos. 

4.¿Cuándo puedo disponer de mis derechos consolidados?

Los planes de pensiones están destinados a cubrir fundamentalmente la contingencia de la jubilación pero existen otros supuestos en los que la ley permite el rescate total o parcial de nuestros derechos como: fallecimiento, invalidez, dependencia, enfermedad grave y desempleo de larga duración. Tras la reforma de 2015 los planes de pensiones serán rescatables a los 10 años de haber realizado la aportación pero para las realizadas a partir del 1 de enero de 2015.

5. ¿Cómo rescato mi plan de pensiones?

Una vez se produzca alguna de las contingencias anteriormente mencionadas, el partícipe podrá solicitar el rescate de su plan de pensiones e iniciar el cobro de las prestaciones correspondientes. Estas se podrán cobrar: en forma de capital (todos los derechos consolidados de una sola vez), en forma de renta (vitalicia, temporal…) o en forma mixta (una parte en capital y el resto mediante una renta).

6.¿Cuál es el tratamiento fiscal de los planes de pensiones?

En las aportaciones:
Las aportaciones que hacemos durante un año son deducibles en la base imponible general de la declaración del IRPF. Esto significa que cuando hacemos la declaración, Hacienda nos devuelve una parte del dinero que hemos invertido, en función de nuestro tipo impositivo marginal. Hoy por hoy es el único producto de ahorro que permite esta deducción. Eso si, la deducción máxima será la cantidad menor entre 8.000 euros y el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.

En el rescate:
Es muy importante conocer bien nuestra fiscalidad para elegir la forma de rescate que más nos interese. Realmente la clave de los planes de pensiones está en este hecho, ya que se pueden producir enormes diferencias.
La cantidad que rescatemos (ya sea en forma de capital o renta) se suma a la base imponible de nuestro IRPF. Por tanto, nuestro tipo impositivo puede llegar a dispararse al máximo. Hay que hacer números para determinar qué cantidad nos interesa rescatar cada año para que nuestra tributación sea óptima.